Patentes: ¿Qué necesito saber antes de solicitar el registro?
El Derecho comparado se ha encargado de definir y delimitar las características y requisitos exigibles a las distintas modalidades de "creaciones inventivas". Así, las Leyes Nacionales e Internacionales establecen una serie de normas, condiciones y presupuestos que delimitarán y reconocerán, en cada caso, cuando una invención puede constituir una patente, un modelo de utilidad, o cualesquiera otra modalidad que pueda ser reconocida en un país concreto. Por tanto será necesario a la hora de decidir el modo más adecuado de proteger una invención, conjugar su objeto con la legislación nacional aplicable según el país en el que se desee efectuar el registro.
En cualquiera de los casos, y aunque presenten ciertas variaciones en su redacción, los requisitos mínimos exigibles para el registro de una invención en prácticamente todo el mundo son que la invención sea nueva, que implique actividad inventiva y que sea susceptible de aplicación industrial. Del mismo modo, son también muy similares las exclusiones de patentabilidad en todos los países: ser contrarias al orden público, las variedades vegetales, las razas animales y los procedimientos esencialmente biológicos o de obtención de vegetales o de animales.
La primera cuestión que hay que definir a la hora de solicitar una Patente es el ámbito territorial en el que se desea obtener la protección. Esta cuestión adquiere especial relevancia en el ámbito de las Patentes ya que el requisito de “novedad” exige que el plazo máximo durante el cual se puede ampliar la protección a otros países, tras la solicitud inicial, sea de un año. Según el ámbito geográfico al que se desee extender la protección, existen tres vías para el registro de las invenciones:
La VIA NACIONAL, mediante la presentación de una solicitud de patente en cada uno de los países en los que se desea la protección.
La VIA EUROPEA, mediante una solicitud de patente europea directa con designación de aquellos países en los que se quiere obtener la protección y sean parte del Convenio Europeo de Patentes (31 países a 1 de julio de 2005)
La Patente Europea es tramitada por la Oficina Europea de Patentes y la concesión produce el efecto, en cada uno de los países en que se otorga, de una patente nacional.
La VIA INTERNACIONAL PCT, que permite solicitar protección para una invención en cada uno de los estados parte del Tratado Internacional PCT (128 países el 1 de enero de 2006) mediante una única solicitud denominada solicitud internacional.
Una vez definido el ámbito geográfico, y como paso previo a la solicitud, puede realizarse una BUSQUEDA DE ANTECEDENTES, mediante la cual se verifica la existencia de registros anteriores que ofrezcan soluciones técnicas similares a un mismo problema o que tengan por objeto invenciones similares a la que se pretende registrar y que, por este motivo, podrían truncar la patentabilidad de ésta última.
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